Ir al contenido principal

Por demoler un edificio, deberá indemnizar a los graffiteros

Un fallo inédito decidió que el dueño les pague US$ 6,7 millones. Pesó que no haya solicitado permisos especiales.    
El mural creado con aerosoles en el complejo conocido como 5Pointz era un verdadero museo al aire libre en constante transformación. Estaba situado no muy lejos del puente que conecta Manhattan con Queens. (Reuters)
En un fallo histórico que determina que el arte del graffiti debe estar protegido por la ley federal estadounidense, un juez de Nueva York otorgó una indemnización de 6,7 millones de dólares a 21 grafiteros cuyas obras fueron eliminadas por un inversor inmobiliario en 2013.

En una decisión escrita que se dio a conocer esta semana, el juez Frederic Block otorgó el máximo monto posible por daños y perjuicios, 150.000 dólares por cada una de las 45 obras destruidas en las paredes del galpón 5Pointz en el barrio de Queens.


Durante veinte años el inversor inmobiliario Jerry Wolkoff invitó a graffiteros a intervenir las paredes de este gran complejo industrial, convirtiéndolo según el abogado de los artistas en “el mayor museo del aerosol al aire libre del mundo”.


La zona se había convertido en un punto de atracción de la ciudad, como sucede en otras localidades de Estados Unidos. En Wynwood, en Miami, por ejemplo, una vasta área industrial se transformó en punto de interés por los graffitis y murales callejeros.


Sin embargo, en el caso del viejo galpón de Queens, cinco años atrás la realidad cambió. Wolkoff decidió repintar las paredes de blanco en 2013 y al año siguiente demolió el edificio para permitir la construcción de lujosas torres residenciales. El negocio inmobiliario fue suculento: la nueva construcción que llevó adelante se valuó en 400 millones de dólares.


Enojados por la rápida destrucción de sus obras, los 21 artistas tomaron la decisión de demandar al propietario por daños y perjuicios, con el argumento de que antes de la llegada de la grúa demoledora deberían haber tenido la oportunidad de rescatar su arte del edificio. Vale la aclaración: los murales que allí habían realizado estaban incluidos en guías de turismo y muchas revistas de arte y viajes habían escrito reseñas sobre aquellos trabajos.


En la demanda, los artistas pidieron a los jurados que consideraran una norma federal poco conocida -y que tampoco se había aplicado al trabajo de creadores urbanos-. Se trata de la ley de derechos de los artistas visuales de 1990, que sostiene que cualquier obra de arte debe ser protegida, siempre y cuando su calidad y valor patrimonial sea reconocido por especialistas.

El jurado entregó un primer fallo en noviembre pasado en la corte federal de Brooklyn. Decidió, para sorpresa de muchos, que el inversor inmobiliario había violado aquella olvidada ley.


Sin embargo, la decisión que tomó el jurado de Brooklyn no era vinculante y dejaba al juez la tarea de pronunciar un fallo final. Al hacerlo, Block elevó de 36 a 45 el número de obras de arte que en su opinión tenían la suficiente estatura y calidad como para que sus autores aspiraran a recibir una indemnización. El fallo fue más duro porque el inversor inmobiliario no pidió los permisos correspondientes para llevar adelante una transformación del edificio que incluía piezas de arte urbano.

“Si no fuera por la insolencia de Wolkoff, no se habrían evaluado estos daños. Si no hubiera destruido 5Pointz hasta después de recibir sus permisos y lo hubiese demolido 10 meses más tarde, la corte no habría hallado que actuó obstinadamente”, aclaró el juez entre los fundamentos de su decisión.

“La pena es que como 5Pointz era una atracción turística destacada el público hubiese corrido a despedirse durante esos 10 meses, para observar las formidables obras de arte en aerosol por última vez”, añadió.

“Hubiera sido un magnífico tributo a los artistas, que lo merecían ampliamente”, añadió.

Eric Baum, el abogado que defendió al grupo de graffiteros, consideró que la decisión judicial “es una clara indicación de que el arte del aerosol está en la misma categoría que cualquier otro arte, y merece como los demás la protección de la ley federal”. Hasta ahora, no se conocieron declaraciones de los defensores de Wolkoff, que podrían apelar la resolución.

La medida crea una protección especial para aquellas obras de arte callejero reconocidas como de calidad, hasta tiempo atrás subvaloradas.

AFP y CLARIN
                             

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Sofonisba Anguissola (Pintora italiana)

Sofonisba Anguissola  ( Cremona , c.  1535 - Palermo ,  1625 ) fue una pintora  italiana  considerada la primera mujer pintora de éxito del  Renacimiento .  Cultivó el retrato y el autorretrato, estableciendo nuevas reglas en el ámbito del retrato femenino. ​ A los 27 años se estableció en  España , en la corte del rey  Felipe II . Se le adjudica un importante papel como eslabón entre el retrato italiano y el español en el  siglo XVI , además de notable influencia en el desarrollo posterior de este género en Italia.  Su trayectoria resultó un precedente para varias mujeres artistas que habían sido excluidas de la enseñanza académica, de gremios y talleres y del mecenazgo papal, pero que sí encontraron respaldo en las cortes europeas entre los siglos XVI y XVIII. Sofonisba Anguissola,  Autorretrato ,  1556 , Museo Lancut, Polonia Retrato de Bianca Ponzoni Anguissola, madre de la artista , 1557. Biografía Autor...

CÓMO INTERPRETAR UNA OBRA DE ARTE

Ultima cena Leonardo da Vinci (1495-1497) Cuando una persona poco conocedora habla de una pintura, casi siempre comienza; “no entiendo el cuadro, pero (no) me gusta…” y luego, cuando entra en confianza, dice (no) me gusta el color, el movimiento, me recuerda tal cosa. Es decir, a todos nos tiene que impactar, que sorprender la pieza, el primer elemento para interpretar una obra de arte, es el gusto, la emoción, la percepción inicial y luego viene la explicación, el concepto de lo percibido. En ese momento, entran en juego nuestros conocimientos artísticos. Lo primero es entender que una pintura o un cuadro es una representación de algo concentrado en un espacio. Es una representación de una mujer, no una mujer. Por eso, lo primero que vemos en una pintura es el equilibrio que logra con sus elementos y las direcciones que nos propone llevar la mirada, es decir lo primero es la composición; el orden y la distribución de los elementos plástico. Esta composición nos lleva a un segun...

La maja desnuda (Cuadro de Francisco de Goya)

La maja desnuda1795 - 1800. Óleo sobre lienzo, 97,3 x 190,6 cm La maja desnuda Sigue la tipología tradicional de la diosa Venus tendida sobre el lecho. La primera mención de esta obra data de noviembre de 1800, en la descripción del palacio de Godoy del grabador Pedro González de Sepúlveda, durante la visita que hizo en compañía de Juan Agustín Ceán Bermúdez y del arquitecto Pedro de Arnal. Colgaba allí en un "gavinete interior" junto con otras Venus, aunque no hizo de ella gran aprecio en su Diario: "Una [Venus] desnuda de Goya pero sin divujo ni gracia en el colorido". Esa presencia en el palacio de Godoy parece documentarse asimismo en uno de los Ajipedobes, violentas caricaturas contra el Príncipe de la Paz, de principios del siglo XIX, en que este cuadro aparece como decoración de sobrepuerta en su gabinete de trabajo. A La maja desnuda, y a su compañera, La maja vestida (P00741), se pudo referir Gregorio González de Az...